Conoce la fecha límite para el pago del aguinaldo

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La Ley Federal del Trabajo en su artículo 87, estipula que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, y el cual debe ser equivalente a 15 días de salario, como mínimo.

Dicha prestación laboral aplica para todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros, como los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores siempre y cuando se rijan por la Ley Federal del Trabajo.

Los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicio, podrán recibir la parte proporcional de lo que se estipula en su contrato, si el trabajador renuncia antes de que se otorgue, también se podrá recibir el correspondiente proporcional a los días trabajados.

Esta prestación no aumenta por la antigüedad que tenga el trabajador, simplemente se toma en cuenta el salario del año trabajado y se calcula dividiendo la quincena que recibe el trabajador entre los 365 días del año y multiplicando esa cantidad por los días que el empleado haya trabajado.

Ahora bien, si el trabajador no recibe su aguinaldo o se lo pagan incompleto, tiene un año a partir del 20 de diciembre para poder reclamarlo. Los trabajadores afectados deberán acercarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, esta dependencia los orientará durante todo el proceso.

Ante cualquier duda relacionada con el pago de este derecho, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica, con la finalidad de realizar las acciones necesarias ante las autoridades del trabajo.

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