CIDH ordenó a México regular la prisión preventiva

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) hizo responsable a México de diversas violaciones de derecho en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes permanecieron en prisión preventiva oficiosa durante 17 años, por lo que le instruye a regular el 19 constitucional.



Entre las violaciones que enlistó la CorteIDH están: violaciones a los derechos, a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, la protección judicial, a ser oído, a la presunción de inocencia y al principio de plazo razonable.

“Para esta Corte es claro que la extensión por más de 17 años de la prisión preventiva significó (…) que se aplicara a los procesados una pena encubierta sin una condena, puesto que constituyó una medida punitiva sin previo juicio (…) y por un lapso que excede todo plazo razonable, ya que este correspondió aproximativamente a la mitad de la pena que se impuso en la sentencia condenatoria”, indica el fallo de la CorteIDH.

Ante ello, la CorteIDH instruyó al Estado mexicano a que adecúe el artículo 19 de la Constitución para regular la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, y a su vez, se adapte a las normas internacionales. 

La notificación fue efectuada este 12 de abril por el presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez.

“Esta Corte ordena al Estado, como lo ha hecho en otros casos, adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana”, señaló la CIDH.

Al respecto, Simón Hernández León, abogado y defensor de Derechos Humanos, calificó el hecho como un “fallo histórico“. 

Cabe destacar que Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, fueron acusados en 2001 del asesinato de la regidora de Atizapán, María de los Ángeles Tamés, hecho por el cual permanecieron 17 años en prisión sin sentencia, en 2019 se les otorgó arresto domiciliario y en 2022 fueron condenados a 35 años de cárcel, sentencia que está en apelación.

La CorteIDH ordenó al Estado que indemnice a las víctimas por daños materiales e inmateriales.

Llamna Gómez