Adultos mayores recibirán 12 mil pesos de la Pensión del Bienestar, en esta fecha

La Pensión del Bienestar es uno de los programas sociales que tiene el Gobierno de México para ayudar a grupos vulnerables
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Pensión del Bienestar

De acuerdo con la Secretaría del Bienestar, en marzo del 2024 las y los adultos mayores de 68 años recibirán el pago de dos bimestres correspondientes a la Pensión del Bienestar debido a la veda electoral. Es decir, nuestros viejitos recibirán a su tarjeta un total de 12 mil pesos, ya que, se debe recordar que este beneficio aumentará un 25% a partir de enero.

El anuncio del incremento de la pensión la dio a conocer el propio presidente, Andrés Manuel López Obrador, quien informó que pasará de 4,800 pesos de lo que se recibe en este 2023 a 6,000 pesos a partir del 1.º de enero del año siguiente, por lo que, y debido a las elecciones, los adultos mayores tendrán por única ocasión el beneficio de recibir 12 mil pesos para sus gastos personales.

Como bien sabe la mayoría de la población, el 2 de junio de 2024 habrá elecciones federales, por lo que estarán prohibidas las actividades de campaña y propaganda electoral durante los últimos días de mayo.

La Pensión del Bienestar es uno de los programas sociales que tiene el Gobierno de México para ayudar a grupos vulnerables; entre ellos está la Pensión del Bienestar para Adultos Mayores y la Beca Benito Juárez.

Requisitos para tramitar la Pensión del Bienestar para adultos mayores

Persona solicitante adulta mayor:

1.   Acta de nacimiento.

2.  Documento de Identificación vigente:

  • Credencial para votar o
  • Pasaporte vigente o
  • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
  • U otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

3.  Clave Única de Registro de Población (CURP).

4. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

Personas Adultas Auxiliares

Requisitos:

1. Documento de Identificación vigente:

  • Credencial para votar o
  • Pasaporte vigente o
  • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
  • u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

2. Clave Única de Registro de Población (CURP).

3. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

4. Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, de acuerdo con lo establecido en el Formato Único de Bienestar (consultables en las reglas de operación de este programa aquí).

Pago de Marcha

En caso de fallecimiento de la persona derechohabiente, se entregará a la persona registrada como su auxiliar, por única vez el Apoyo Económico de Pago de Marcha.

Si la persona derechohabiente no hubiera designado a un auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo.

Para la emisión del Apoyo Económico de Pago de Marcha, será indispensable que la persona auxiliar, no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente.

 

Efrén Urrutia