La ley también protege a los animales silvestres

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Iliana Sánchez

A nivel federal, existe la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente, en la que se prevé el establecimiento de zonas restringidas, es decir esto se da para evitar que las personas lleguen y capturen un animal para llevárselo a su casa.

Para dichas zonas se observan medidas de protección a la flora y la fauna silvestre, sobre todo de las especies en peligro de extinción.

Aparte algunos gobiernos mantienen reglamentaciones para prohibir o permitir la retención o la caza de animales.

Claro está que lo correcto y más humano es que los padres inculquen a sus hijos la convicción que los animales deben respetarse y que lo mejor es que vivan en su medio ambiente, favoreciendo el equilibrio ecológico.

Por otro lado no sólo es la caza de animales  o el hecho de llevarnos de manera clandestina un animal que nosotros mismo capturemos, también es muy común en nuestro país encontrar personas vendiendo animales en calles y carreteras, un caso muy común se da con las aves, son varias las especies en peligro o prohibida su venta y, suele darse aun así muy seguido el caso que las estén vendiendo por contrabando ( el caso más común es la venta indiscriminada del loro nuca amarilla), debemos tener presentes que se consideran delitos federales, y nosotros como ciudadanos tenemos  la responsabilidad de proteger nuestra riqueza animal.

Es vital que cuando nos topemos con cualquier caso de estos  o de maltrato animal, hagamos las denuncias correspondientes, todas pueden hacerse llamando al número indicado, eso como un principio, muchas veces será necesaria ratificar la denuncia y demás, pero de entrada es necesario que alertemos a la autoridad para que acuda al lugar de los hechos y tome la defensa del caso.

Para  esto  podemos adelantar que la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, determina qué animales se pueden vender en una tienda.

Las especies de comercialización restringida o prohibida no siempre son las mismas en todos los lugares ni en todas las temporadas, dado que dichas restricciones obedecen al grado de peligro de extinción en que se encuentren ciertos animales en un momento dado.

Busca siempre la asesoría  de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Autor

  • Iliana Sánchez

    Maestra en Derecho por la Universidad Panamericana, Presidente de la Asociación Civil Vayre A.C. Empresaria, filántropa, amante de la cultura, la naturaleza, la poesía y el vino.

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