No aplicará Vallarta ley antitabaco homologar reglamentos

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La directora de Reglamentos del Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Hortensia Dueñas, declaró que no puede aplicar la nueva Ley Antitabaco a los establecimientos comerciales, puesto que antes se deben homologar los reglamentos municipales para que los inspectores tengan la facultad de aplicar las multas.

“Una vez que salió publicada la ley, en el mismo artículo tercero transitorio establece que las entidades federativas y los municipios deben de hacer sus modificaciones a sus reglamentos o bandos de policía y buen gobierno y Puerto Vallarta no ha realizado ninguna publicación y nos seguimos rigiendo por el reglamento autorizado localmente para la protección de los no fumadores”, dijo la funcionaria pública.

A nivel municipal, solo hay cuatro artículos que contemplan las sanciones por contravenir las disposiciones reglamentarias vigentes, referentes a la protección de los no fumadores.

Dueñas Salcedo dijo que actualmente en esta ciudad no se establecen cuáles son las áreas para poder fumar y solo podría hacerlo una vez que se publiquen las reformas a los reglamentos, o bien, se firme un convenio con la autoridad federal para otorgarle facultades a la oficina de Reglamentos.

“Definitivamente es una ley que es muy estricta, no se puede exhibir los cigarros, deben estar en un listado, vienen muchas limitaciones, los restaurantes no van a tener área para fumar cuando consuman alimentos”.

Hortensia dueñas, directora de Reglamentos del Ayuntamiento de Puerto Vallarta

Hasta el momento, no se ha aplicado alguna multa en materia de violaciones al reglamento para la protección de los no fumadores en Puerto Vallarta.

Por fumar en áreas de atención y servicio al público, o en lugares cerrados de instituciones médicas, vehículos de transporte público, dependencias públicas, instituciones bancarias, financieras, comerciales y de servicios, así como auditorios, bibliotecas y salones de clases de cualquier nivel de estudios, la infracción va de 500 a los mil 525 pesos.

Si el lugar carece de áreas delimitadas y señalización para la estancia y servicio de los no fumadores y fumadores, el pago es de 485 a los mil 525 pesos.

Aquellos que permitan que se fume en área destinada al servicio de los no fumadores, la multa es de 520 a mil 630 pesos.

Por permitir que se fume en áreas de estancia pública, teatros, cines o auditorios cerrados, con excepción de las áreas destinadas para los fumadores, la sanción es de 485 a 14 mil 655 pesos.

Carolina Gómez Aguiñaga