Aprueba Congreso sancionar a quien deje a su mascota en la azotea

Se adicionan más artículos a la Ley de Protección y Cuidado de los Animales en Jalisco para proteger a las mascotas de las inclemencias del clima
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Perros en a azotea

Dentro de la Comisión de Medio Ambiente, Sostenibilidad, Protección Civil y Resiliencia del Congreso del Estado, se aprobó el adicionar varios artículos a la Ley de Protección y Cuidado de los Animales de Jalisco, con el fin de sancionar a quien deje a sus mascotas en la azotea exponiéndolos a las inclemencias del clima.

Votación de diputados

El dictamen establece que está prohibido tener animales domésticos en azoteas, a reserva de que tenga los elementos necesarios para su protección y no sea expuesto al sol o a la lluvia.

También se señala que cuando animales domésticos estuvieren en condiciones de maltrato previstas en el artículo 29-Ter, los ayuntamientos o las autoridades competentes en materia de protección animal, podrán apercibir a la persona propietaria o tenedora del animal, para que se corrija, en un plazo de dos días naturales, el acto u omisión que generan el maltrato o sufrimiento animal.

En caso de no corregir las condiciones que generan el maltrato o sufrimiento animal en el plazo previsto, la sanción será de una multa de cuarenta a sesenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

El Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y los Ayuntamientos dispondrán de ciento veinte días naturales para realizar las modificaciones reglamentarias que deriven del decreto aprobado

 

LLG

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Carolina Gómez Aguiñaga