Cuauhtémoc Blanco debe dejar gubernatura de Morelos para contender a diputado: TEPJF

Este miércoles 20 de marzo, la Sala Superior de TEPJF determinó que Cuauhtémoc Blanco debe dejar su cargo de gobernador de Morelos para contender a la diputación
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Cuauhtémoc Blanco debe dejar cargo de gobernador

Cuauhtémoc Blanco, actual gobernador de Morelos, deberá separarse de su cargo para conservar su candidatura como diputado plurinominal por Morena, así lo determinó este miércoles 20 de marzo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El magistrado Felipe de la Mata, en su planteamiento, buscaba que Blanco pudiera contender a la candidatura, pero manteniendo su cargo como gobernador, debido a que consideraba que la restricción constitucional de no separarse del cargo aplica para el caso de la postulación de una diputación en la entidad federativa en la que se ejerce el cargo.

Esto fue rechazado por los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora quienes solicitaron la renuncia inmediata de Cuauhtémoc Blanco.

A la moción se sumó también la magistrada presidente Mónica Soto, quien recordó que hay restricciones constitucionales que impiden a los gobernadores ser electos en sus propias entidades durante algún proceso electoral, por lo que también propuso que el INE anulara la candidatura de Blanco, sin embargo, esto último fue rechazado.

“La referida restricción constitucional es clara en el sentido de que una persona titular de una gubernatura, es decir, un gobernador o una gobernadora no puede ser electa para una diputación federal o senaduría en la entidad en donde gobierne durante el periodo en el que ejerza ese cargo. Y es tan enfática que mantiene la prohibición, incluso aunque esa persona se separe de sus funciones del gobierno”

La anulación de la candidatura de Cuauhtémoc Blanco fue rechazada, no obstante, la mayoría determinó que sí hay un impedimento por su cargo, por ende, debe Cuauhtémoc Blanco deberá separarse de forma inmediata del cargo y no esperar los 90 días que establece la norma.

Llamna Gómez