¿Cómo aplicará el Botón de Emergencia en Vallarta? Entérate

0
112
Con base al acelerado crecimiento de contagios registrados hasta el martes 28 de octubre, se tomó la decisión de presionar el Botón de Emergencia.
El botón de emergencia no es un paro total. Es un cierre parcial de actividades y giros no esenciales.

Tiene como finalidad reducir el índice de casos positivos y consiste en suspender las actividades que representan mayores riesgos de contagio para la población durante 14 días.

No se cerrarán las playas, sin embargo se restringirá su acceso a partir de las tres de la tarde.
A partir de las ocho de la noche, taxis cobrarán cuotas fijas, $60 pesos dentro de la zona céntrica de Puerto Vallarta y $85 pesos al Aeropuerto, Juntas, Ixtapa y Mismaloya.
Estas actividades estarán restringidas a partir de las ocho y media de la noche, hasta las seis de la mañana.

 

ACTIVIDADES ABIERTAS

  • Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.
  • Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.
  • Tiendas de conveniencia y abarrotes.
  • Industria y su operación logística.
  • Servicios de seguridad públicos y privados.
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.
  • Servicio postal, paquetería y mensajería.
  • Gasolineras y gaseras.
  • Ajustadores de compañías aseguradoras.
  • Servicios de taxis (no plataforma).
  • Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin.
  • Hoteles, sin actividad en áreas comunes.
  • Servicios funerarios.
  • Transporte público (Revisar los detalles en el apartado con el mismo título)
  • Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones comerciales respectivas.
  • Nota: Durante las noches está permitido el servicio a domicilio.

ACTIVIDADES CERRADAS

  • Actividades económicas, comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles.
  • Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.
  • Plazas, centros y corredores comerciales.
  • Tiendas de autoservicio, clubes de precio y tiendas departamentales.
  • Mercados públicos y tianguis.
  • Oficinas corporativas.
  • Actividades culturales, recreativas y deportivas.
  • Unidades deportivas y bosques urbanos.
  • Actividades y ceremonias religiosas.
  • Reuniones de más de 10 personas.
  • Eventos sociales privados.
  • Servicio de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente.