Aprueban en comisiones Nuevo Reglamento de Salud del Ayuntamiento

Quedó listo el proyecto que ahora regirá los servicios médicos de los empleados municipales de PV, luego del convenio firmado con IMSS desde hace 10 años
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Sala de Regidores de Vallarta

La Comisión de Reglamentos y Puntos Constitucionales del Ayuntamiento aprobó el nuevo reglamento de salud de Puerto Vallarta, por lo que se derogó el reglamento de Servicios Médicos Municipales. Aún falta que sea ratificado por el pleno.

La nueva disposición legal tiene 52 artículos en total y deja sin efecto el anterior que regulaba el departamento de Servicios Médicos Municipales, pues desde la administración municipal de Ramón Guerrero Martínez, en 2013, el Ayuntamiento de Puerto Vallarta firmó un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para que los servidores públicos municipales fueran atendidos en la institución federal. En el nuevo reglamento las nuevas condiciones se establecen en el artículo 8.

En el artículo 14 se traslada la facultad de otorgar los certificados de incapacidad temporal a la Oficialía Mayor Administrativa para validar los tiempos y formas que señalen los médicos tratantes del IMSS en las prescripciones de reposo o recomendaciones médicas que brinden al empleado.

° Renovarán reglamento de Servicios Médicos Municipales

Ahora será la oficialía Mayor la que autorice los viáticos para atención médica foránea, además de valorar la condición del trabajador, así como la capacidad presupuestaria para el otorgamiento de este, de acuerdo con el artículo 25 y en el 27 se escribe que el pago de las incapacidades corre por cuenta de la oficialía, apegándose en todo momento a la recomendación emitida por el médico tratante del IMSS para el pago el periodo de reposo o recuperación médica.

En el artículo 31 se incluye el permiso por paternidad de 15 días hábiles remunerados por el nacimiento de un hijo, ello de acuerdo con el artículo 43 de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco. El anterior reglamento sólo otorgaba cinco. También se incluye una prórroga de hasta cinco días hábiles cuando la madre o el bebé hayan tenido complicaciones médicas.

Además, en el artículo 36, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes de instituciones de seguridad social como IMSS o ISSSTE, se reconocen estrategias seguidas en la lucha contra el cáncer y se otorgan facilidades a empleados que tiene hijos que padecen dicha enfermedad, siendo corresponsables en la salud familiar de los empleados municipales.
El nuevo reglamento deberá ser remitido al pleno del Ayuntamiento para su final aprobación.

Carolina Gómez Aguiñaga