¿Qué es la veda electoral? Esto es lo que puede y NO hacer AMLO

La veda electoral está en marcha por el inicio de campañas; esto es lo que AMLO no tiene permitido hacer en este periodo
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AMLO.

Este 1 de marzo comenzaron oficialmente las campañas para los distintos cargos públicos que se disputarán en las elecciones del próximo domingo 2 de junio, donde se espera la participación de millones de mexicanos.

Por esto, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), y todas las dependencias federales y estatales deberán entrar en el periodo de veda electoral, donde deben limitarse ciertas actividades que a continuación te contamos

¿Qué  es la veda electoral y qué está prohibido para AMLO?

La veda electoral es un periodo de tiempo establecido por las autoridades electorales antes de una elección, durante el cual se imponen restricciones en la difusión de propaganda política y electoral, así como en la realización de ciertas actividades relacionadas con la promoción de candidatos y partidos políticos. 

El objetivo principal de la veda electoral es garantizar la equidad y la imparcialidad del proceso electoral, así como evitar cualquier influencia indebida en el electorado justo antes de que emitan su voto.

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Por lo tanto, durante este tiempo AMLO no podrá hablar de los logros de su gobierno; inaugurar obras; brindar informes de gobierno; hablar sobre partidos o candidatos; entregar apoyos sociales, así que dar despensas u otros artículos. 

De hecho, al inicio de su mañanera de hoy, pidió a los reporteros que que no le preguntaran sobre temas de los cuales no podía hablar en este periodo. 

“Vamos a informar y a llevar a cabo este diálogo circular, entre todas y todos ayudamos, les pido eso, cooperación para que si hay un tema que no debemos de tocar nosotros mismos nos autolimitemos, si les parece”, pidió. 

Esto dice el artículo 41 de la Constitución Mexicana, sobre la veda, previo a las elecciones:  

“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

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