Sin precedente operativo y clausuras de Profepa en Vallarta
Experto en el tema, Juan Carlos Hernández Ocampo, quien fuera director de Estudios Técnicos en la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, exregidor del Ayuntamiento de Puerto Vallarta y actual director general de Ordenamiento Territorial en el municipio de Tlajomulco de Zuñiga, señaló que no le había tocado ver un operativo como el realizado en este puerto por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), clausurando nueve obras.
“No me había tocado conocer algún caso de operativos en esos términos, yo no he conocido”.
Cabe recordar que en fecha reciente la Profepa en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Marina, detuvieron la construcción de ocho desarrollos inmobiliarios y un restaurante, por no presentar autorización en materia de impacto ambiental expedida por la Semarnat.
Al ser consultado sobre estas acciones, Hernández Ocampo antepuso no saber los motivos que llevaron a tomar tal determinación, pondero que la autoridad federal tiene facultades para imponer limitaciones de uso a los predios, o terrenos en materia de propiedad privada, por la altura de las construcciones, considerando los coeficientes de utilización, ocupación y las áreas que tengan algún valor natural susceptible de protección.
“En términos de nuestra legislación, cada instancia; federal, estatal y municipal, tiene sus facultades, en el caso de la Profepa ellos tienen el proteger los recursos y capital natural de todas las zonas en el país, por lo tanto, si hay elementos que los lleven a actuar, alguna cuestión de protección que se tenga que resguardar, ellos deben intervenir… por eso sería conveniente que ver cada caso para saber los elementos que los lleva a tomar esa determinación”.
El licenciado reiteró que la Profepa pudo haber actuado con respeto a sus lineamientos. Explicó que para un proyecto definitivo de urbanización se emiten dictámenes de trazos, usos y destinos, por parte de la autoridad municipal, de acuerdo con ese documento declarativo se deben establecer todas las condicionantes que deben cumplir los particulares.
“De acuerdo a sus facultades hacen las acciones correspondientes, entiendo que, si la Profepa lleva a cabo una acción preventiva o sancionatoria, como es el caso de una suspensión o de una clausura, o aplicar medidas de seguridad, pues es porque sus facultades se los otorga”.