Senado va por blindar autonomía de universidades

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La Ley General de Educación Superior buscará blindar la autonomía de las universidades, al prohibir a los congresos estatales reformar las leyes orgánicas de las instituciones sin consultarlas antes y que sus comunidades aprueben dichos cambios.  

Este martes, la comisión de Educación del Senado de la República presentó el proyecto de iniciativa de Ley General de Educación Superior, y la turnó a comisiones. Esta es la primera de dos leyes secundarias que harán operativa la reforma educativa de 2019.

 En conferencia de prensa, el senador Rubén Rocha Moya, presidente de la comisión de Educación en el Senado, dijo que la autonomía de las instituciones estatales y federales quedará protegida luego de que los congresos no podrán aprobar cambios en las leyes de las universidades, sin antes someterlos a consideración y aprobación de los órganos de gobierno de las mismas.

Estamos planteando que cada vez que haya un proceso de reforma en los estados o en la federación, deberá primeramente respetarse la Constitución y turnarse, previamente, la intención de reforma a la Universidad para que esta, a través de sus órganos de gobierno, haga una consulta respecto a lo que se pretende modificar.

El congreso deberá atender esa opinión de la institución“, explicó. Esto luego de que tan sólo entre 2017 y 2020, se detectaron intentos de injerencia en 9 universidades autónomas estatales además de la UNAM por parte de los congresos o de los gobiernos locales. 

Los intentos buscaban modificar las leyes orgánicas de las universidades sin consultar a sus propias comunidades para cambiar los mecanismos para elegir a sus autoridades, como en el caso del rector y los directores, o para imponer organismos externos de fiscalización a las instituciones. 

En el tema de financiamiento, la iniciativa de Ley contempla que las universidades podrán acceder a recursos ordinarios y extraordinarios para cumplir sus necesidades, además de que se establecerá que dichos recursos podrán ser utilizados para cumplir sus funciones sustantivas: educación, investigación y difusión de la cultura, pero también para pagar salarios y gastos de operación.

Además se sancionará a la autoridad que no entregue dichas ministraciones y se someterá a las instituciones a fiscalización del uso del presupuesto por parte de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

La iniciativa también contempla que los estados deberán entregarles presupuesto ordinario y extraordinario para que puedan dar educación obligatoria y gratuita como pide la Constitución y habrá sanciones para quienes retengan la entrega de estos recursos.

También se establecerá un sistema para evaluarlas y que la Auditoría Superior de la Federación pueda fiscalizar el uso que hacen del presupuesto; y creará un reconocimiento especial a la excelencia para evitar la proliferación de instituciones “patito” entre las universidades particulares. 

Además, se establece la obligatoriedad del servicio social; que las instituciones deben crear sus nuevas carreras de acuerdo con la demanda de profesionistas en sus estados; y se hace obligatoria la creación de instancias para prevenir la violencia sexual y de género en sus instalaciones.

La ley establece que los presupuestos federal y estatales se deberán incluir recursos suficientes para cumplir de manera progresiva la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior; para ampliar la cobertura de educación superior en todo el país; así como la disponibilidad de los recursos para el crecimiento de las universidades. 

“El monto anual que el Estado destine a las instituciones públicas de educación superior para el desarrollo de las funciones de docencia, investigación científica, humanística y tecnológica, desarrollo tecnológico e innovación, así como extensión y difusión de la cultura, no podrá ser menor al 1% del Producto Interno Bruto, ni podrá ser inferior en términos reales a lo erogado el año anterior”.

Con respecto a las universidades privadas, se estableció un esquema de evaluación de calidad adicional a la entrega de los Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios (RVOE) que actualmente concede la Secretaría de Educación Pública (SEP). 

Se trata del reconocimiento de gestión institucional y excelencia educativa al cual solo podrán acceder las universidades que impartan planes y programas de estudios de más de 10 años, y demuestren que sus egresados han contribuido a la sociedad.

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