SCJN defiende autonomía de Bahía de Banderas; empresarios aplauden fallo

Este fallo establece un precedente para el poder del Estado, al recordar la necesidad de respetar lo estipulado por la Constitución Política
0
5676
SCJN

El reconocido notario y presidente de la Asociación de Empresarios de Puerto Vallarta y Bahía de Banderas (AEBBA), Fernando Castro Rubio, mostró el beneplácito del sector empresarial ante el fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la semana pasada, en el que se ordena la invalidez de la denominada Ley de Fraccionamientos y otras leyes relacionadas con asentamientos humanos y ecología.

Castro Rubio explicó que los poderes, en cada una de sus dimensiones y atribuciones, tienen limitantes que deben respetarse, y eso es precisamente lo que ha puesto sobre la mesa la Corte con esta resolución. Aunque el gobernador tiene control político sobre los 20 municipios por ser la máxima autoridad, es necesario recordar que estos tienen una autonomía consagrada en el artículo 115 constitucional, que les otorga atribuciones sobre el territorio, lo cual estaba siendo vulnerado por la extralimitación del ejecutivo estatal.

Entérate: Avala la Suprema Corte a Bahía de Banderas; Navarro Quintero violó autonomía municipal

Este fallo establece un precedente para el poder del Estado, al recordar la necesidad de respetar lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las atribuciones municipales, que otorgan la facultad de autorizar, controlar y vigilar el uso de suelo, las obras de urbanización y edificaciones.

“Es decir, si bien el gobernador tiene un control político, como es el caso de Nayarit, este control no está a libre albedrío, tiene un marco de referencia que es tanto la Constitución General como la del propio Estado y las leyes que de ella emanen. Es algo que refuerza la estructura y el sistema jurídico mexicano, y es algo que celebramos. Lamentamos que hayan hecho esta reforma, donde le quitaban la autonomía al municipio y trataban de añadir un trámite que debía realizarse en Tepic”, comentó.

Al analizar jurídicamente lo que llevó al poder ejecutivo a emitir el decreto y al legislativo de Nayarit a aprobarlo, Castro Rubio mencionó que pudo tratarse de una confusión por parte del Congreso de Nayarit, ya que el artículo 73 de la misma carta magna lo faculta para legislar en materia de Desarrollo Urbano de manera general, estableciendo un marco jurídico estatal, no local, como lo hacen los reglamentos municipales.

Esto, según Castro Rubio, busca establecer comunicación y homologación entre Federación, estados y municipios, estableciendo reglas de referencia e interconexión. Sin embargo, no se descarta el intento de establecer un control político y económico para la repartición de los recursos emanados de Bahía de Banderas hacia otros municipios, dado el crecimiento económico significativo que ha tenido, a comparación de otras localidades, lo que sería también inconstitucional.

“Políticamente, es un tema de control. En la parte económica, no conozco a detalle las finanzas como para vaticinar que ese sea el objetivo, sobre todo porque pareciera que al ser del mismo partido Morena, la Federación y el Gobernador, tendrían la facilidad de acceder a recursos en Hacienda. Sin embargo, puede ser, ya que las necesidades siempre son mayores al recurso existente, no solo en el municipio, sino también en el estado y la Federación”, refirió.

Concluyó que los municipios tienen una autonomía efectiva en materia de planeación, debiendo respetarse este ámbito tanto por el Congreso de la Unión como por las legislaturas locales. Nadie está por encima de la ley.

EU

EtiquetasSCJN
Isrrael Torres