Declaración anual 2025: SAT simplifica proceso para personas morales

El SAT implementó mejoras en los formularios para facilitar la presentación de la declaración anual de las personas morales, cuyo plazo vence el 31 de marzo
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Oficinas centrales del SAT en la Ciudad de México

Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024, recordó el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para este año 2025, el organismo ha introducido modificaciones en los formularios con el objetivo de optimizar la experiencia de los contribuyentes y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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Entre los principales cambios se encuentra la incorporación de información precargada en diversos apartados, lo que permitirá a las empresas visualizar de manera más clara sus ingresos, deducciones y pagos provisionales. También se han realizado ajustes en la identificación de retenciones aplicadas y en la presentación de estados financieros, con el fin de otorgar mayor certeza a quienes cumplen con este proceso.

Mejoras en los formularios

El nuevo esquema de declaración incluye datos precargados sobre retenciones de impuesto sobre la renta (ISR), sueldos, salarios y regímenes fiscales específicos como el Simplificado de Confianza (RESICO). Asimismo, contempla información sobre nómina, utilidades y subsidios al empleo.

Para quienes tributan en el Régimen General, se añadió un campo en el apartado de “Gastos” denominado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, donde se reflejan los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). También se incorporó un campo especial para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) no deducible.

Por otro lado, se mantiene la funcionalidad que permite consultar los remanentes de pérdidas fiscales desde el ejercicio 2014 hasta el más reciente, brindando así mayor claridad sobre los montos acumulados.

Requisitos y presentación

Las empresas que pertenezcan al RESICO y se encuentren en proceso de liquidación podrán acceder a información detallada sobre su nómina acumulada dentro del periodo correspondiente. Además, en el apartado de “Gastos” se agregó la sección de devoluciones y bonificaciones con datos precargados.

Para completar el proceso, las compañías deberán enviar su declaración a través del portal oficial del SAT (sat.gob.mx), utilizando su firma electrónica (e.firma) activa.

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El organismo fiscal hizo un llamado a los contribuyentes a cumplir con esta obligación en tiempo y forma, asegurándose de estar al día con sus declaraciones de pagos provisionales y retenciones relacionadas con arrendamiento, honorarios, dividendos y el RESICO de personas físicas.

Autor

  • Efrén Urrutia

    Licenciado en Ciencias de la Comunicación por el CEUArkos de Puerto Vallarta, con 13 años de experiencia en periodismo, comunicación estratégica y publicidad. He trabajado en diversos medios, incluyendo ACIR Noticias, Tribuna de la Bahía y en radio. Con diplomados en Transparencia y Rendición de cuentas, y en Periodismo Electoral, además de una certificación en Marketing Digital de Google. Actualmente, soy Editor Web en Tribuna de la Bahía y Tribuna de México, y mi enfoque profesional se basa en la credibilidad, ética y competitividad.

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