Regresan las peleas de gallos y las corridas de toros a Tepic tras fallo de la Suprema Corte

El Pleno de la SCJN discutió el caso este 3 de febrero y declaró inconstitucional la prohibición contenida en el reglamento municipal
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Regresan las peleas de gallos y la fiesta brava a Tepic tras fallo de la Suprema Corte

Este 3 de febrero de 2026, durante una sesión ordinaria del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los ministros analizaron la declaratoria general de inconstitucionalidad solicitada por la extinta Segunda Sala respecto al Reglamento de Bienestar Animal del municipio de Tepic.

Por mayoría, el Pleno determinó que un reglamento municipal no puede estar por encima de una ley estatal, particularmente cuando esta última permite prácticas como las peleas de gallos y la fiesta brava bajo un esquema de regulación, por lo que se resolvió invalidar la prohibición absoluta contenida en dicho ordenamiento local.

Qué resolvió la Corte

La Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo 19, fracciones X, XII y XXI, del Reglamento de Bienestar Animal de Tepic, disposiciones que prohibían corridas de toros, peleas de gallos y cualquier espectáculo que causara sufrimiento o trato indigno a los animales.

Con esta determinación, dichas actividades podrán realizarse nuevamente en Tepic, siempre que se ajusten a la legislación estatal vigente y cuenten con los permisos correspondientes, ya que la resolución no elimina la regulación, sino que establece la prevalencia de la ley estatal sobre el reglamento municipal.

Postura en contra

Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama manifestó su voto en contra de la declaratoria. A través de mensajes públicos, señaló que no coincidió con la decisión de la mayoría, al considerar que la reforma constitucional en materia de bienestar animal prohíbe el maltrato a los animales de manera absoluta, sin condicionarlo a leyes o reglamentos.

Batres explicó que el artículo invalidado buscaba precisamente prohibir prácticas que implican sufrimiento animal, y sostuvo que el artículo 4° constitucional impone al Estado mexicano la obligación de garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales.

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Eréndira Rangel