Omisas dos regidoras en su declaración patrimonial
Las regidoras Sara Mosqueda Torres y María Guadalupe Guerrero Carvajal no han cumplido con su obligación de presentar su declaración patrimonial inicial, a diferencia de sus compañeros en el pleno del Ayuntamiento de Puerto Vallarta.
De acuerdo con la plataforma Formato Nacional de Declaraciones Patrimoniales y de Intereses (FORNADE) que publica el Ayuntamiento de Puerto Vallarta en su apartado de transparencia, 15 regidores han presentado su declaración patrimonial. Los emelecistas Diego Franco Jiménez y Candelaria Tovar, del PVEM Luis Munguía González, Francisco Sánchez Gaeta y Carla Castro López, de Morena Carla Esparza Quintero, Christian Eduardo Alonso Robles, Claudia Íñiguez Rivera, José Rodríguez González, Eva Griselda González Castellanos, Pablo Ruperto Gómez Andrade, María Elena Curiel Preciado, el síndico Juan Carlos Hernández Salazar y el alcalde Luis Michel Rodríguez.
Sin embargo, no se encuentra ningún registro de las declaraciones de la edil de Movimiento Ciudadano, María Guadalupe Guerrero Carvajal, y de Morena, Sara Mosqueda Torres, quienes debieron presentar sus documentos a más tardar el 30 de noviembre del 2021.
La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco establece que los presidentes municipales, regidores y síndicos deben presentar su declaración patrimonial, además de otros cargos relacionados con los municipios.
Para ello, la declaración inicial debe entregarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión; la anual, durante los meses de enero a mayo de cada año; y la final, dentro de los treinta días naturales siguientes a la conclusión del encargo.
En caso de omisión, los servidores públicos deberán pagar una multa y tendrán 15 días naturales para cumplir con su obligación después de ser requeridos. Si pasado este término el superior jerárquico o el servidor público omiso no cumplen con su correspondiente obligación, se les instaurará un procedimiento de responsabilidad, pudiendo ser sancionados con la destitución o con la inhabilitación hasta por un año.
En la declaración inicial, los servidores públicos deben especificar su inventario de bienes muebles e inmuebles; inversiones, cuentas bancarias, y acciones; así como los gravámenes y adeudos que afecten su patrimonio.