Invitan a personas morales a realizar su declaración anual

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El contador Abraham Prado Vázquez, presidente del Colegio de Contadores Públicos Costa Vallarta de Jalisco, informó que este próximo 31 de marzo es la fecha límite para la declaración anual para personas morales.

“La declaración anual para personas morales, la fecha límite para la presentación es de tres meses después de que culmine el ejercicio, por ejemplo, un ejercicio regular sería del primero de enero al 31 de diciembre y por ende tendríamos hasta el 31 de marzo del siguiente ejercicio para hacer nuestra declaración anual”.

Indicó que para las personas morales, la declaración anual es la recopilación de todos los movimientos que tuvieron en el ejercicio, en donde se determina si adicionalmente a los pagos provisionales, si fuera el caso que la empresa realizó durante el año, hay alguna cifra que ajustar, ya sea a favor o en contra; es en la declaración anual en dónde se determina esas cifras y para ajustar todas las operaciones del ejercicio fiscal.

“Si no damos cumplimiento a esta obligación en tiempo y forma tenemos el riesgo de poder generar una multa que oscila entre los 14 mil a los 28 mil pesos aproximadamente por el incumplimiento de esta obligación. Por lo que, al 31 de marzo yo no he presentado mi declaración, no me llega la multa sino que la autoridad me va a requerir primero que dé cumplimiento a esta obligación”.

Dijo que si la persona moral, extemporáneamente al 31 de marzo presenta la declaración anual sin que antes la autoridad la requiera, pues no hay problema y todavía alcanza a evitar esa multa. 

Señaló que es importante hacer la declaración anual, porque es una obligación de las empresas. Además de que en Puerto Vallarta si están cumpliendo y en su momento como Colegio, han apoyado en cuanto a capacitaciones del tema. 

Hay comisiones de trabajo también para la ciudadanía en general y resolver así dudas respecto de los procedimientos que sean necesarios para efecto de poder dar cumplimiento a esta obligación. 

Adicionalmente a esto, es necesario revisar que la firma electrónica esté vigente, ya que es un requisito para efecto de dar cumplimiento a esta obligación; el envío y la presentación de la declaración anual es a través del uso de la firma electrónica.

Brenda Beltrán