“Inconstitucional, 6 años de cárcel para quien contagie Covid”

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La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) presentó una acción de Inconstitucionalidad en contra del Código Penal del Estado de Querétaro que se publicó el 18 de diciembre de 2020, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”.

El organismo explicó que tras realizar un análisis jurídico consideró que algunas reformas contravenían lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los Tratados Internacionales de los que México es parte. 

“Este Organismo Protector es consciente y sensible al tema de la pandemia generada por el Covid-19 (SAR-2), por ello, sabemos que las autoridades tienen la obligación de implementar las medidas que considere pertinentes para contener la contingencia sanitaria”, expone.

No obstante, agrega que las reformas realizadas, se advierte que algunos artículos pueden afectar o restringir el goce y ejercicio de derechos humanos, cuestión que debe cumplir con los criterios científicos, razonables, así como estrictamente necesarios y proporcionales; consideraciones que pasaron inadvertidas por las autoridades. 

Por lo anterior, este 14 de enero del 2021 la Defensoría presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual también se consideraron observaciones que hicieron llegar personas de la sociedad civil y académicos, que demostraron su interés y preocupación por la emisión y publicación de la norma citada. 

Cabe recordar que La 59 Legislatura local aprobó en octubre pasado reformas al Código Penal del estado de Querétaro que tienen como objetivo implementar sanciones que van de tres a seis años de prisión para quienes son sabedores de que tienen una enfermedad grave en periodo infectante y que pongan en peligro de contagio la salud de otras personas.

La nueva norma penaliza diversas conductas, una de ellas —que va de dos a seis años de prisión— es para quien impida la ejecución de una obra o trabajo público. 

Este tipo de sanciones ya estaban establecidas en el Código Penal, pero eran menores, pues iban de tres meses a un año de prisión.

Morena, principal opositor a esta iniciativa aprobada el 31 de octubre pasado, la denominó en su momento “Ley Garrote”.

Foto: Archivo