INAI presentó recurso de queja ante la Corte por decreto

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Tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de considerar obras realizadas por la presidencia de la República como de seguridad nacional y de interés público, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), presentó un recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Lo anterior fue dado a conocer por el INAI mediante un comunicado en el cual advierte que el mencionado decreto viola la suspensión otorgada por el Máximo Tribunal en la controversia constitucional 217/2021. 

“El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presenta recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Decreto publicado el jueves 18 de mayo en el Diario Oficial de la Federación, mediante el cual el Titular del Ejecutivo Federal declara la construcción del Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum, entre otras obras, como de seguridad nacional y de interés público”. 

Tal situación, señala el INAI, en virtud de que el decreto viola la suspensión otorgada por el Máximo Tribunal en la controversia constitucional 217/2021, que interpuso en diciembre de 2021, para impugnar el Acuerdo del 22 de noviembre de ese mismo año, por el cual el Presidente de la República declaraba como de seguridad nacional los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno Federal. 

“Al admitir la controversia constitucional, la SCJN determinó procedente la suspensión de todos los efectos y las consecuencias del Acuerdo, ya que su ejecución implicaría una restricción al derecho a saber, pues la información derivada de esos proyectos y obras podría ser considerada también reservada por seguridad nacional e interés público”. 

El organismo agregó que tras realizar un análisis detallado del contenido, el INAI concluye que el Decreto publicado ayer por el Presidente de la República se encuentra en los mismos términos del Acuerdo de noviembre de 2021 y, en ese sentido, viola la suspensión otorgada por el Máximo Tribunal, lo cual podría representar una restricción al acceso a la información relacionada con esas obras como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum, entre otras. 

“Es importante precisar que la suspensión se encuentra vigente, debido a que la controversia constitucional no ha sido resuelta en su totalidad. Si bien en la sesión de ayer (18 de mayo), el Pleno de la Corte determinó la invalidez del Acuerdo del 22 de noviembre de 2021, lo cierto es que no se dictaron los efectos de la sentencia, con lo cual no se puede considerar como un asunto totalmente concluido”. 

Por tanto, agrega el organismo, debe quedar claro que los efectos de la suspensión no han cesado. Adicional al recurso de queja, el Instituto solicitó al Máximo Tribunal que los efectos de la sentencia de la controversia 217/2021, que se prevé sean dictados en la sesión del próximo lunes 22 de mayo, se hagan extensivos al Decreto publicado el jueves 18 de mayo, debido a la similitud existente, toda vez que en ambos se catalogan como de seguridad nacional e interés públicos las obras de infraestructura a cargo del Gobierno federal, lo cual afecta el derecho a saber de la sociedad. 

 

 

Autor

  • Adolfo Torres

    Estudiante de la Maestría de Investigación en Ciencias de la Comunicación, ejerzo el periodismo desde hace más de 20 años en diferentes medios de comunicación nacionales, cubriendo principalmente fuentes de los estados de Jalisco, Nayarit y Michoacán; actualmente soy reportero web de Tribuna de México.

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