Declara Tribunal Electoral improcedente la impugnación de Luis Michel

Desecha el Tribunal Electoral de Jalisco el juicio que apelaba el derecho a reelegirse del alcalde de Puerto Vallarta
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El Tribunal Electoral de Jalisco (TEJ) declaró improcedente la impugnación del alcalde Luis Michel contra el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) que pretendía combatir el que Morena postulara una mujer en Puerto Vallarta.

“En el proyecto se considera que se actualiza la causal de improcedencia establecida en el artículo 509 punto 1 fracción segunda del Código Electoral local consiste en la falta de interés jurídico del actor para impugnar el acuerdo.

Lo anterior, porque la sola entrada en vigor de las disposiciones que reclama, no le genera lesión a un hecho sustancial de carácter político electoral, es decir, no sé general afectación individualizada, cierta e inmediata. De ahí que se propone desechar el juicio ciudadano”, se señaló durante la sesión del tribunal este miércoles.

Fue el pasado 23 de diciembre del 2023 cuando Michel Rodríguez presentó ante el tribunal el juicio para la protección de sus derechos político electorales ante el tribunal, documento que era una copia casi identifica a la impugnación que hizo Morena, Jalisco al IEPC, pues hasta se señalan los mismos abogados y domicilio para notificaciones.

Entérate: Luis Michel presenta impugnación para reelegirse en Vallart

Los actos reclamados también son exactamente los mismos: el acuerdo del consejo general donde se aprobó el lineamiento para el registro de candidaturas y criterios de reelección en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular para el proceso electoral local, además de los mecanismos de verificación de la paridad de género y las disposiciones en favor de los grupos en situación de vulnerabilidad en la postulación de candidaturas de las coaliciones parciales.

Y es que en la discusión donde consejeros electorales señalan que por el acomodo de los bloques de alta población y alta competitividad, además que Puerto Vallarta está en número impar y por el hecho que en lo municipal Morena no va en coalición, el partido debe postular una mujer.

Hoy lo que hizo el tribunal fue asentar que las reglas expuestas con el consejo del IEPC son generales y que los lineamientos establecidos para la paridad de género son válidos.

EU

Carolina Gómez Aguiñaga