Feminicidio también aplica para personas trans, determina la SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concretó que el asesinato de las mujeres transgénero y transexuales será considerado oficialmente como feminicidio.
De acuerdo con el Pleno, no existe ninguna omisión legislativa respecto al homicidio de mujeres transgénero, ya que la legislación no establece distinción con las mujeres “cisgénero” víctimas de este delito.
Cabe recordar que el concepto de “cisgénero” es utilizado por la SCJN para definir a las personas cuya identidad de género coincide con el sexo asignado.
Este hecho se convirtió en la primera vez que el Pleno aborda el tema de feminicidio para las mujeres trans, después de analizar la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Michoacán.
Lo anterior, debido a que el Congreso Local no reconoció a las personas transgénero y transexuales como víctimas de dicha tipificación en la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio de la entidad, publicada el pasado 30 de agosto de 2022 en el Periódico Oficial estatal.
El Pleno de #LaCorte invalidó preceptos de la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio de Michoacán, que invadían competencia exclusiva del Congreso Federal, en materia procesal penal https://t.co/KU5YYc0CxH pic.twitter.com/4RqdRCqOlC
— Suprema Corte (@SCJN) February 29, 2024
Bajo este panorama, la ministra ponente Margarita Ríos Farjat enunció infundados los argumentos de la comisión, pues advirtió que la ley no deja de lado los derechos de las personas trans.
La ley impugnada no establece alguna restricción o exclusión basada en el sexo biológico, al momento de nacer, ya que en su artículo tercero, fracción 14, define como víctima a la mujer que ha sufrido un homicidio doloso, considerado como feminicidio o aquella mujer que ha sido objeto de una tentativa de feminicidio, por lo tanto, la ley no realiza una distinción expresa en el sentido de qué sólo es aplica aplicable a las mujeres cisgénero, de tal manera que es posible concluir que la totalidad de su contenido es aplicable también a las mujeres, transgénero y transexuales”
Por su parte, la presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, destacó la importancia de que México reconozca la violencia y tipifique penalmente la violencia trans feminicida.
MAEP