¿Eres comunero o ejidatario de Cabo Corrientes? entregarán títulos de propiedad y testamentos
Importante evento para los comuneros, ejidatarios, avecindados y posesionarios del municipio de Cabo Corrientes, se llevará a cabo el próximo viernes 23 de agosto, donde entregarán certificados o títulos de propiedad, así también podrán inscribir su testamento agrario, para lo cual contarán con la presencia de la representante del Registro Agrario Nacional en el Estado, RAN Jalisco, licenciada Luz María Sandoval De Luna, a las 12:00 horas en la plaza cívica de El Tuito.
Entregarán un total de 415 documentos de sentencia o actas de complementos, correcciones y reposición a igual número de propietarios en las comunidades de: El Tuito, Vista Hermosa, Vila del Mar, Sierra Paraíso, Santa Cruz El Tuito, Pedro Moreno, El Refugio Suchitlán, Llano Grande de Ipala, Las Guasimas y Chacala. La lista con los nombres de los beneficiarios la puede consultar en el portal de Tribuna de la Bahía.
A esta convocatoria también se espera la presencia de la jefa de residencia de la Procuraduría Agraria en la región, Soci Paula Mayo Muñoz, pues realizarán la campaña de “Testamento Agrario” donde los ejidatarios y comuneros podrán además aprovechar para depositar su lista de sucesores de derechos.
Los interesados tendrán que llevar copias de sus certificados agrarios y de las actas de nacimiento de sus descendientes que dejarán de sucesores e identificaciones oficiales.
Exhortaron a la gente a cumplir con este procedimiento. para tal efecto la Procuraduría Agraria y el Registro Agrario Nacional instalarán sus escritorios en la plaza de la cabecera municipal de Cabo Corrientes, ahí todos los ejidatarios, que así lo desean, podrán firmar su sucesión, tienen que poner a dos familiares en primero y segundo lugar, en caso de fallecer ya pasa automáticamente, es para ahorrarles juicios, tiempo y gastos.
Estas jornadas agrarias itinerantes para el registro de lista de sucesores y los testamentos agrarios, es un trámite muy importante porque las personas pueden designar y hacer que se respete su voluntad tras su muerte, de quien continuará con sus derechos ejidatarios o comuneros, para que no dejen problemas y evitar juicios sucesorios.
jb