Clausura Proepa el vertedero municipal de Mascota
En respuesta y atención a denuncias por parte de la población sobre presuntos incendios en el vertedero municipal de Mascota, Puerto Vallarta, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa), realizó la clausura parcial temporal del sitio, debido a que se detectaron irregularidades tanto de carácter operativo como administrativo.
Además, durante la visita de inspección realizada por el personal operativo de la dependencia estatal, se detectó la presencia de fumarolas en algunas zonas del vertedero, por lo que se impuso la sanción antes mencionada como medida de seguridad por la quema de residuos, problemática ambiental asociada al manejo y disposición final inadecuados de los desechos depositados en el lugar, lo cual también se adiciona a la falta de permisos y autorizaciones emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) para su adecuada operación, lo que representa incumplimientos conforme lo marca la normatividad estatal vigente.
Ante dichas irregularidades se impuso como medida de seguridad la clausura parcial temporal con fundamento en el Artículo 144 Fracción I de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEEPA), por existir riesgo inminente de desequilibrio ecológico con posible daño o deterioro de los recursos naturales y repercusiones graves para la salud de la población cercana al lugar, toda vez que no garantiza una correcta disposición final de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, aunado a la combustión de los mismos, situación que fue atendida por parte de las autoridades municipales.
La medida de seguridad permanecerá hasta en tanto la persona responsable del vertedero garantice y acredite ante la Proepa la implementación de medidas preventivas y/o correctivas que garanticen evitar por completo la presencia de quemas de los residuos, así como dar cabal cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, la cual establece las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.