CEDHJ documenta 52 desapariciones y graves omisiones de autoridades en Jalisco

Revela omisiones, demoras y negligencias de instituciones estatales y municipales en la búsqueda e investigación de 52 personas desaparecidas entre 2015 y 2023
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La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) emitió este 30 de mayo del 2025 la Recomendación 13/25, en la que se agrupan medio centenar de quejas presentadas por familiares de personas desaparecidas. En total, se documentaron 52 casos ocurridos en trece municipios del estado, entre ellos Guadalajara, Zapopan, Tlajomulco, Chapala, Puerto Vallarta y Tomatlán.

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De las personas reportadas como desaparecidas, siete son mujeres y 45 hombres. Solo once han sido localizadas, todas sin vida. El documento señala deficiencias sistemáticas en las labores de investigación, búsqueda e identificación, lo que ha generado revictimización para los familiares.

Uno de los expedientes más relevantes es el 1966/2021 y su acumulado 959/2024, que retrata la historia de un hombre desaparecido en Tlajomulco de Zúñiga desde septiembre de 2015. Aunque su cuerpo fue encontrado un mes después e ingresó al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF), su identificación oficial tardó más de siete años, hasta diciembre de 2023. Durante ese tiempo, la familia recibió escasa información y asumió por su cuenta tareas de búsqueda.

El informe también detalla el caso de desaparición forzada atribuido a policías de la Comisaría de Seguridad Pública de Sayula. El 9 de octubre de 2020, según el expediente 3825/2023, oficiales detuvieron a un hombre en su domicilio. No hay registros de su ingreso a barandilla ni de su presentación ante alguna autoridad. La persona permanece desaparecida.

Otro caso expuesto es el de Tomatlán, donde policías municipales acudieron al llamado de auxilio por una desaparición, pero no informaron a la Fiscalía estatal ni activaron los protocolos correspondientes. Esta omisión impidió la implementación de medidas urgentes para intentar localizar a la víctima.

La CEDHJ concluye que estos hechos configuran violaciones múltiples a los derechos humanos, que incluyen la falta de acceso a la justicia, la seguridad personal y la verdad. Las críticas se dirigen a agentes del Ministerio Público, policías investigadores, personal del IJCF y de la Comisión de Búsqueda del Estado.

Buscadores de personas desaparecidas

Como resultado, la CEDHJ dirigió recomendaciones específicas a la Vicefiscalía Especializada en Personas Desaparecidas, al IJCF, a la Comisión de Búsqueda estatal y a los ayuntamientos de Sayula y Tomatlán. Se solicitó, entre otras medidas, garantizar la reparación del daño a las víctimas indirectas, fortalecer la capacitación del personal y sancionar a funcionarios responsables de omisiones.

Los casos analizados reflejan una constante: la frustración de familiares que enfrentan un sistema que, en lugar de acompañarlos en la búsqueda, termina por sumar obstáculos.

Recomendaciones de la CEDHJ de manera conjunta

Vicefiscalía Especial en Personas Desaparecidas Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses

Comisión de Búsqueda de Personas de Jalisco

Gobierno Municipal de Sayula

Gobierno Municipal de Tomatlán

En coordinación, realicen las acciones que resulten necesarias para que, en caso de no estarlo, se inscriba a las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas y en el Registro Nacional de Víctimas, a fin de que se les garantice y otorgue la atención y reparación integral que conforme a derecho proceda, a través de las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, incluyendo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Se dé vista al Órgano Interno de Control o autoridad correspondiente de cada una de las autoridades señaladas, a efecto de que estas determinen a las personas servidoras públicas deben ser sujetas de responsabilidad por la prestación indebida del servicio público, por actos u omisiones que hayan causado la negativa, suspensión, retraso o deficiencia de sus obligaciones en afectación a los derechos humanos de la población, conforme a los actos y omisiones acreditadas en las quejas materia de la presente recomendación.

Recomendaciones particulares

A la Vicefiscalía Especial en Personas Desaparecidas

Instruya a las personas agentes del Ministerio Público a cargo de las respectivas averiguaciones previas y carpetas de investigación relacionadas con las inconformidades acumuladas en la presente Recomendación, para que de manera exhaustiva, con la debida diligencia reforzada y atendiendo los estándares que deben regir las investigaciones de los delitos relacionados con la desaparición de personas, se continúe con su integración y perfeccionamiento, se generen las medidas eficaces para la búsqueda y localización efectiva de la víctimas, a fin de que se esclarezcan los hechos y, en su caso, se logre la identificación y detención de los probables responsables y su enjuiciamiento, y para que se garantice el derecho a la verdad, el acceso a la justicia y a la reparación integral del daño a las víctimas.

Se actualice e imparta cursos de capacitación al personal de esa Vicefiscalía involucrado en las quejas que dieron origen a la presente recomendación, para que tengan una reeducación en materia de derechos humanos basada en el Protocolo Homologado de Investigación, Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, Protocolo Alba Jalisco, y en los términos de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y para que a las víctimas que acudan ante ellos se les brinde información y asesoría sobre sus procedimientos.

Al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses

Como garantía de no repetición, realice las diligencias, protocolos, acciones, pruebas y análisis que resulten necesarios para lograr la pronta identificación de todas las personas fallecidas que ingresen al IJCF, para abonar a la debida integración de las indagatorias, precisa la CEDHJ.

Se reitere a las áreas encargadas de la obtención de datos identificativos individualizados, para que de manera inmediata y de forma efectiva, apliquen a todos los cuerpos y restos humanos los medios de identificación que establecen el Protocolo para el Tratamiento de Identificación Forense y el instrumento interno “Procedimiento de Ingreso de Cadáveres”.

Instalaciones del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses

Archivo

A la Comisión de Búsqueda del Estado de Jalisco

Como garantía de no repetición, instruya para que de manera inmediata gestione o continúe con la búsqueda de las personas desaparecidas de conformidad con lo establecido en el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y con la atención a las víctimas indirectas.

A los Gobiernos Municipales de Sayula y Tomatlán

La CEDHJ agregue copia de esta Recomendación a los expedientes laborales de las y los policías de la Comisaría de Seguridad Pública Municipal de Sayula y de Tomatlán involucrados en los hechos, para que obre como antecedente de sus conductas violatorias de derechos humanos.

Como garantía de no repetición, se fortalezca e intensifique la capacitación en materia de derechos humanos a las y los elementos de la Comisarías de Seguridad Pública de esos municipios, en específico sobre desaparición forzada de personas y protocolos de actuación como primeros respondientes cuando ocurran estos ilícitos.

Lo anterior, con el propósito de concientizarlos en la protección y respeto de los derechos de las y los ciudadanos, y para prevenir y evitar que continúen transgrediéndolos con conductas reprochables como las documentadas en la presente recomendación.

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Efrén Urrutia