SICT da 108 días a cargueras para mudar operaciones del AICM
A partir del viernes 3 de febrero las aerolíneas de carga tendrán un plazo de 108 días hábiles para migrar sus vuelos fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM). Así lo informó la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) mediante un comunicado publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
“Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”, para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga”, se lee en el decreto.
De esta manera, el servicio público de transporte aéreo tendrá los días contados para reubicar sus operaciones. No obstante, en el comunicado también se especifica que esta medida no aplicará para todos aquellos concesionarios y permisionarios que cuenten con un servicio combinado de pasajeros y carga, es decir, aquellas aeronaves cuyas cargas sean transportadas dentro del mismo avión que los pasajeros podrán continuar con sus operaciones dentro del AICM, se informó en el documento.
“Quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros”.
Asimismo, se explica que la capacidad del AICM es limitada, pues este se encuentra saturado a su máxima capacidad, siendo esto, precisamente, lo que provoca que los vuelos de carga afecten las operaciones de la terminal. Por lo que el objetivo principal es aliviar la saturación del lugar y mejorar la calidad de viaje de los usuarios.
Sin embargo, la Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo (ALTA), asegura que la entrada en vigor de este nuevo decretó perjudicará la economía de todas aquellas empresas de suministro.
Pero antes de que las cargueras empiecen con el traslado, se implementará una política publica para mejorar la infraestructura y logística de la terminal para el manejo de carga en otras instalaciones aeroportuarias, por lo que no se debe de prohibir el servicio mientras tanto.
Cabe destacar que fue la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), quien solicitó al gobierno federal los 108 días de plazo para remover las operaciones fuera del aeropuerto. No obstante, ya había un precedente antes de ser publicado el decreto, pues el presidente de la República, ya había tratado este tema antes con las empresas para trasladar las operaciones al AIFA, lo cual fue dejado como constancia mediante una carta.