Bahía ley general para control del tabaco

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Aunque a partir de este 15 de enero de 2023, entró en vigor la reforma a la Ley General para el Control del Tabaco en el país, en el que se prohíbe fumar en espacios públicos y la exhibición del producto en comercios, en Bahía de Banderas no se tiene conocimiento de ella y ni se ha desplegado la infraestructura necesaria para hacer valer esta ley.

Tanto autoridades estatales y municipales no se han movilizado al respecto; incluso, la COESPRISNAY no se ha posicionado al respecto, ni se ha socializado con el gremio hotelero, restaurantero y de comercios, de lo que se tendrá que adecuar una vez entrada en vigor, así como un sector de la ciudadanía.  

Es que las nuevas disposiciones marcan que se prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares. 

Además de paradas de transporte, los lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco, sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados. 

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a finales del 2022, y que recientemente entró en vigor, establece que los gobiernos de las Entidades Federativas y de los municipios deberán adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, de acuerdo con las competencias que a cada uno corresponda, para que sean congruentes con lo antes dispuesto. 

Aunado a ello, se tendrá que establecer una socialización entre todos los sectores, cosa que no se ha hecho, siendo que desde septiembre del 2021 se inició la discusión, hasta su publicación en diciembre de 2022. 

Lo que podría generar controversia o malestar en las ciudadanía, en cuanto se den las primeras sanciones, que de acuerdo con el artículo 46 de la Ley General para Control del Tabaco, las sanciones administrativas podrán ser:

– Amonestación con apercibimiento
– Multas
– Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total
– Arresto hasta por 36 horas.

Autor

  • Isrrael Torres

    Soy egresado de la carrera de Ciencias de la Comunicación y desde el 2015 inicié en los medios de comunicación. Durante estos años a la fecha he hecho cobertura de temas diversos como política, turismo, denuncias ciudadanas, deportes y ahora en esta nueva etapa como reportero policiaco en Bahía de Banderas, Nayarit. Me gusta el fútbol, la política, la gastronomía, el café y uno de mis pasatiempos favoritos es la lectura y estar bien informado del acontecer diario en nuestra región, México y el mundo.

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