Ayuntamiento, Oromapas y restaurantes van juntos en Cuidado del Medio Ambiente

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TRIBUNA DE LA BAHÍA

Bahía de Banderas, Nay.- Por instrucciones del presidente municipal Jaime Cuevas Tello, el director del OROMAPAS, José Mercado Ramírez, se reunió con el presidente de la Asociación Restaurantera de la Riviera Nayarit (ARRN), Mario Nasser, para unir esfuerzos que contribuyan al cuidado del medio ambiente, mediante la instalación de trampas de grasas que disminuyan los derrames de aguas residuales y por consiguiente al mejoramiento de la industria gastronómica del municipio.

 

 

Ambas partes coincidieron en que la industria restaurantera es uno de los pilares fundamentales de la economía local, por ello, debe alcanzar mayores estándares de calidad, que le permitan ofrecer mejores servicios al turismo y a la población de la región; por lo cual, OROMAPAS y empresarios del sector agrupados en la ARRN, acordaron iniciar un programa de concientización y mejoramiento en el manejo e instalación de trampas de grasa, para evitar que objetos sólidos, mantecas y aceites sean descargados en la red de drenaje, lo que ocasiona taponamientos, fugas de aguas negras en la vía publica y por consiguiente contaminación y mala imagen visual.

 

 

Por lo anterior, el Décimo Ayuntamiento de Bahía de Banderas, a través de OROMAPAS, en conjunto con la Asociación Restaurantera de Riviera Nayarit, A.C. invitan a todos los restaurantes, hoteles, moteles, condominios, departamentos, hospitales, lavanderías, tiendas de autoservicio y todos aquellos lugares donde se preparen alimentos en cocinas de tipo industrial, para que realicen la instalación profesional de trampas de grasas, para evitar la obstrucción de las líneas de drenaje; detener el desbordamiento de aguas negras hacia la calle; proteger la calidad de nuestra agua; mejorar el desempeño de las plantas de tratamiento y evitar la contaminación de los pozos de absorción.

 

 

Es importante destacar, que las trampas o interceptores de grasa se encuentran regulados por la norma NOM-251-SSA1-2009 y NOM-CCA-026-ECOL/1993, así como los artículos 10 fracción I y 119 fracciones II y III de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Nayarit, y artículo 79 del Reglamento para la Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Disposición Final de Lodos y Aguas Residuales en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.