Senado, sin acuerdo sobre ley que regule la cannabis

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Pese a los llamados del presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal, las bancadas en el Senado no llegaron a ningún acuerdo para dictaminar una nueva iniciativa de Ley Federal para la Regulación de la Cannabis.

El tema se atoró desde la Legislatura pasada debido a que la oposición no estuvo de acuerdo con la postura de Morena respecto a la portación de marihuana y ante el riesgo de que se permitiera la apertura de tienditas que pudieran acercar la droga a niños y jóvenes.

La reforma de fondo se empantanó en el Senado, luego de que la Cámara de Diputados le devolvió la minuta con cambios que los legisladores de Morena calificaron como inconstitucionales, ya que presentaban al menos 17 inconsistencias.

En abril pasado, Morena y sus aliados en la Comisión de Justicia del Senado aprobaron en sus términos la minuta que remitió San Lázaro para expedir la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, a fin de permitir su uso recreativo, industrial, médico, científico y mercantil.

Sin embargo, un análisis de la Cámara Alta detectó en el dictamen que se “infringen derechos y se viola la Constitución e incluso se corre el riesgo de incumplir con la Declaratoria de Inconstitucionalidad 1/2018”.

Entre los principales errores están eliminar la prohibición de consumir marihuana frente a menores de edad, en lugares públicos, escuelas, restaurantes y oficinas gubernamentales y establecer sólo una multa que va de 5 mil 377 a 26 mil 886 pesos y designar a la Comisión Nacional contra las Adicciones como responsable de la cadena productiva del cannabis sicoactivo y sus derivados, lo que contradice su naturaleza de prevención.

Además, se incurría en inconstitucionalidad de la prohibición del consumo de cannabis para efectos sicoactivos para personas mayores de 18 años, pero menores de 25 años, pues constituye una violación al derecho humano de igualdad y a la no discriminación.

Otra inconsistencia fue la eliminación de la prohibición de la venta de 28 gramos, lo que permitiría la venta de cualquier cantidad, por lo que los senadores de oposición se pronunciaron en contra del dictamen.

La senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu, secretaria de la Comisión de Justicia, advirtió entonces que la minuta:

“Limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad y es lo que la Corte nos había pedido. Se elimina el enfoque de derechos humanos que había contemplado el Senado, no se contempla la obligación del Estado de proteger y garantizar los derechos humanos de los consumidores de cannabis atendiendo al principio pro persona.

“Nos preocupa la sustitución del Instituto Mexicano del Ca-nnabis por la Comisión Nacional contra las Adicciones (…) además de que no se le pueda otorgar facultades de regulación a un órgano que está encargado de combatir las adicciones, porque esto transgrede el derecho al desarrollo de la personalidad y promueve la estigmatización de los usuarios del cannabis”.

Por ello, Monreal y el entonces presidente de la Mesa Directiva, Eduardo Ramírez, tuvieron que intervenir para suspender el trámite legislativo y mandar la minuta a la congeladora.

Transcurrido el plazo que fijó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que vencía el 30 de abril de este año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la sentencia de la declaratoria general de inconstitucionalidad de la regulación para el uso lúdico del cannabis contenida en los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud, como parte del proceso para que los interesados puedan solicitar a la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) permisos para consumirla de manera legal.

“Se remueve el obstáculo para que la Secretaría de Salud (…) autorice en lo sucesivo las actividades relacionadas con el autoconsumo de, exclusivamente, cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos, respetando el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad reconocido por el artículo 1 de la Constitución”, resalta el texto publicado.

La sentencia de la SCJN establece que, “en lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud (Ssa) deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas”.

Recordó que, conforme al procedimiento establecido en al Constitución, se solicitó al Poder Legislativo que modificara las leyes necesarias para despenalizar el uso lúdico del cannabis, lo que no ha ocurrido hasta ahora, por lo que la SCJN:

“Exhorta al Congreso de la Unión a legislar respecto del derecho al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, a fin de generar seguridad jurídica a los usuarios y a terceras personas, así como las condiciones de información necesarias para ejercerlo responsablemente y a tomar las medidas que estime pertinentes para tratar esta cuestión como un problema de salud pública”.

Mientras eso ocurre, la Cofepris establecerá los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla de la marihuana, pero estos permisos no incluirán la autorización para “importar, comerciar, suministrar, o cualquier otro acto que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas”, lo que significa que cualquier tipo de venta o lucro seguirá estando prohibido, y sólo se podrá producir y procesar la planta para el autoconsumo.

En tanto el Congreso no emita la Ley Federal para la Regulación de la Cannabis, consumidores deberán sujetarse a lo dispuesto por la SCJN.

 

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