Corte invalida prisión automática por ir contra DDHH

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Invalida el pleno de la Corte la prisión automática para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas por ser violatoria de los derechos humanos.

El ministro presidente Arturo Zaldívar dijo:

“No se puede estar ampliando simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. No se trata de no acatar la constitución sino de tomarnos en serio los derechos humanos que son parte del artículo primero constitucional. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que ni las características o apariencia del sujeto ni la gravedad del delito que se le imputa son suficientes para una prisión preventiva. El peligro procesal no puede presumirse. Tiene que justificarse”.

 

Los ministros

En el 2019, el Congreso aprobó modificaciones legales promovidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador para que se dictara prisión automática a las personas vinculadas por delitos como contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas en operaciones simuladas bajo el argumento de que afectaban la seguridad nacional.

El ministro Zaldívar aseguró que estos delitos podrían involucrar a la delincuencia organizada, sin embargo la mera presunción no justifica la imposición de la prisión preventiva.

Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayán precisó que una persona vinculada a proceso no es automáticamente un delincuente; en todo caso, se trata de una personas que se presume cometió un delito que no se ha probado y que tiene derecho a defenderse:

“Con este tipo de modificaciones estamos en el riesgo de caer en un sistema penal huraño. Vamos en una dirección de convertir la prisión preventiva básicamente en un instrumento de castigo predeterminado … como si fuera un anticipo de la pena. Como si fuera la regla y no la excepción”.

Mientras que la ministra Noma Piña Hernández dijo:

“En todo caso su margen debe constreñirse a detallar pero no ampliar los supuestos en que dicha prisión procede”.

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