Mermeladas, crema de maní o de chocolate, untables que contribuyen a la obesidad en México

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  •  Aun en pequeñas cantidades desbalancean las dietas, por su alto contenido de azúcares y grasas.

Ciudad de México a 16 de diciembre de 2020.- Las mermeladas, crema de chocolate, de maní o mantequillas han sido señalados por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) como productos ultraprocesados que, por su composición nutrimental, deben ser consumidos con moderación, ya que contienen exceso de azúcares, grasas y grasas saturadas.

Este tipo de untables, aún ingeridos en pocas cantidades y como acompañamiento de otros alimentos, desbalancean las dietas y contribuyen al desarrollo de obesidad y sobrepeso.

Estudios consultados por el Laboratorio de Datos contra la Obesidad (LabDO), refieren que este tipo de comestibles están en el top 10 de productos ultraprocesados que contribuyen a la sobreingesta de azúcares en niños (1).

Por ejemplo, dos rebanadas de pan con crema de avellanas con cacao contienen 24 gramos de azúcar, lo cual representa casi la totalidad de la ingesta diaria recomendada por la Organización Mundial de la Salud, que es de 25 gramos.

Para dar aún más contexto, 100 gramos de Nutella aportan 52.5 gramos de azúcar y 31.7 de grasas, de acuerdo a un análisis de la Procuraduría Federal del Consumidor (2). Este tipo de productos tienen 4 veces más azúcar que avellana (1).

De igual forma, las mermeladas y cajetas contienen exceso de azúcares. Una dieta alta en estos nutrientes hace que las personas, además de tener problemas con el control de su peso, estén en peligro de desarrollar otros padecimientos como diabetes y caries dentales (3).

Análisis elaborados por el Laboratorio de la Procuraduría Federal del Consumidor indican que las mermeladas existentes en nuestro país pueden contener de 1.7 gramos, en el caso de las bajas en este ingrediente, hasta 59.5 gramos de azúcar; mientras que las cajetas incluyen entre 38.5 a 55.5 gramos por cada 100 del total. (4)

Cabe resaltar que otros untables, que no son dulces, también exceden el contenido de nutrientes críticos.

La mantequilla, por ejemplo, contiene un 58% de grasas saturadas (5). De hecho, para ser denominadas como tal, este producto debe contener más de 80% de dicho nutriente y en México las variedades existentes son entre 81% y 100% grasas (6).

El mercado de ultraprocesados untables en México

En nuestro país, el mercado de las cremas de chocolate para untar es el más dinámico, según datos del departamento de agricultura de Estados Unidos, este creció un 18% en 2015 (7).

El sector de mermeladas y preservas ha registrado un crecimiento constante de 2010 a 2015. Las ventas pasaron de 3 mil 312 millones de pesos a 5 mil 017 millones de pesos en ese periodo.

Respecto a las cremas de avellana para untar, este sector pasó de generar 239 millones de pesos a 774 millones en 2015.

Según la OPS, las ventas en esta categoría de alimentos ultraprocesados se mantendrían constantes en el periodo entre 2015 y 2019.

De acuerdo con datos de Euromonitor, la marca líder en el segmento de untables dulces es McCormick, con su línea de mermeladas.

Fuentes:

1. Action on Sugar, 2017. Sweet Spreads. Disponible en: http://www.actiononsugar.org/surveys/2017/sweet-spreads/

2. Revista del consumidor, marzo 2016. Disponible en: https://issuu.com/profeco/docs/edici__n_n__m_469_marzo_2016

3. NHS. Azúcar, los hechos. Disponible en: https://www.nhs.uk/live-well/eat-well/how-does-sugar-in-our-diet-affect-our-health/

4. Laboratorio Profeco Análisis sobre mermelada y Cajeta. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/100341/RC470_Laboratorio_Profeco_Mermelada_y_Cajeta.pdf

5. Ministerio de Salud de Costa Rica. Guías alimentarias para la educación nutricional.

6. PROFECO, 2020. Revista del consumidor de junio 2020.

7. Departamento de Agricultura de Estados Unidos, 2015. Reporte de Ingredientes en alimentos procesados en México. Disponible en: https://apps.fas.usda.gov/newgainapi/api/report/downloadreportbyfilename?filename=Food%20Processing%20Ingredients_Mexico%20City%20ATO_Mexico_12-18-2015.pdf

 

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