Tribunal Electoral resuelve que Mirtha “N” no puede votar, ni ser votada

La sala regional de Guadalajara resolvió que no es procedente el juicio promovido para recuperar sus derechos político-electorales
0
1834
Mirtha N

Dan la estocada final a Mirtha “N”. La Sala Regional en Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desechó de plano el juicio presentado por Mirtha “N” el 11 de abril de este año, ante este órgano de justicia, donde buscaba recuperar sus derechos políticos-electorales que fueron suspendidos por el Instituto Estatal Electoral de Nayarit (IEEN) por orden de un Juez de Control del Centro Regional de Justicia Penal y Oral, Región V, con sede en Bucerías, Bahía de Banderas.

Al mismo tiempo que fue declarada prófuga o sustraída de la acción de la justicia y fue obsequiada una orden de aprehensión en su contra, iniciándose también el proceso de búsqueda.

La autoridad judicial echó abajo los argumentos presentados por la defensa de Mirtha “N”, al señalar que la causa por las que fueron suspendidos sus derechos son de naturaleza eminentemente de Derecho Penal y no de Derecho Electoral, al existir una orden aprehensión por su probable participación en el hecho delictuoso que la ley señala como delitos de abuso de autoridad, intimidación y privación de la libertad personal.

Se abundó que algunos de los supuestos de la demanda expuesta no controvierte un acto o resolución que se tipifique en la Ley Orgánica y la Ley de Medios al que se buscaba avocarse con el juicio promovido, razón por la cual es evidente que lo planteado por la parte actora no es susceptible de ser analizada y resuelta por este órgano jurisdiccional especializado.

Por lo que se ordenó de manera unánime por parte de los magistrados que conforman la sala que se desecha de plano la demanda.

Fue tan firme la resolución que, la misma sala regional, adelantó que si la parte actora, es decir, Mirtha “N” y sus representantes legales buscan impugnar dicha decisión o promover un amparo, sería de igual manera improcedente y no ameritaría una revisión por esta Sala Regional.

Cabe destacar que Mirtha “N” denunció que su derecho a votar y ser votada estaba siendo vulnerado con la determinación antes mencionada y esto le imposibilitaba su registro como candidata a Municipal del Ayuntamiento de Bahía de Banderas que se llevaría a cabo a partir del 16 de abril.

En su demanda presentada hace más de un mes, juró que no se encontraba prófuga de la justicia, ya que al momento de presentar la demanda gozaba de libertad, solo por el hecho de ser mujer y ser la preferida al cargo se le perseguía penalmente.

“Ya que no se encuentra prófuga o sustraída de la acción de la justicia, pues incluso a la fecha en que presente demanda sigue gozando de libertad y pretende postularse al cargo de Municipal de Bahía de Banderas, Nayarit, a pesar de las amenazas de las que presuntamente es objeto, por el simple hecho de ser mujer y posible candidata al referido cargo”, se leen los documentos presentados.

Por lo que al no ser procedente el juicio, sigue vigente la aplicación de la baja del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores por la suspensión de sus derechos político-electorales.

Documento TEPJ

GC

Autor

  • Isrrael Torres

    Soy egresado de la carrera de Ciencias de la Comunicación y desde el 2015 inicié en los medios de comunicación. Durante estos años a la fecha he hecho cobertura de temas diversos como política, turismo, denuncias ciudadanas, deportes y ahora en esta nueva etapa como reportero policiaco en Bahía de Banderas, Nayarit. Me gusta el fútbol, la política, la gastronomía, el café y uno de mis pasatiempos favoritos es la lectura y estar bien informado del acontecer diario en nuestra región, México y el mundo.

    Ver todas sus publicaciones