“Se puso morado”, a empresario Íñigo Arenas Saiz le suministraron gotas en su bebida, revela fiscalía de Edomex

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Tras la muerte de Iñigo Arenas Saiz se llevó a cabo la detención de 6 personas del bar Black Royce ubicado en Naucalpan, en donde presuntamente 4 mujeres que lo acompañaban lo drogaron, tras suministrarle sustancias químicas en su bebida. También hay dos hombres detenidos.

De acuerdo a las indagatorias, se estableció que Arenas Saiz, al ingresar bar Black Royce, lo situaron en un área de la planta baja, en donde estuvo acompañada por cuatro mujeres, empleadas del lugar, identificadas como Aritzi Abril “N”, Ana Karen “N”, Cecilia “N” y Ana Karen “N N”, quienes ordenaron diversas bebidas y aparentemente le suministraron sustancias a la víctima, cuya composición fue motivo de peritaje y forma parte de la teoría del caso de la Fiscalía.

Posteriormente, a las 04:59 horas estas mismas mujeres, junto con Eduardo “N”, capitán de meseros del lugar y otra persona aún por identificar, lo habrían persuadido de subir a un área identificada como “VIP” en la planta alta, accediendo la víctima.

Por ello al llegar a este sitio acompañado por dos masculinos y cuatro femeninas, le expendieron cuatro botellas de bebidas, con un valor de 10 mil pesos cada una; por lo que, a las 05:07 horas, la cajera del lugar ingresó a esa área para realizar el cobro de 40 mil pesos con cargo a una tarjeta bancaria del empresario.

Continuando con las entrevistas recabadas, según informó la fiscalía local, se estableció que luego del cobro, Iñigo Arenas Saiz permaneció con las cuatro mujeres en dicha área y una vez transcurridos aproximadamente 40 minutos, una de las femeninas dijo al encargado de seguridad, identificado como Carlos Daniel “N”, que la víctima “se siente mal y se puso morado”, por lo que, al notificar esta circunstancia, personal del establecimiento “le practica RCP”.

De acuerdo con los testigos, en el lugar de los hechos se refirió “nuevamente el cliente se puso mal”, por lo que ante esta situación llamaron a los servicios de emergencia y lo trasladaron a otra área del local junto a la salida de emergencia, lugar donde se realizó el levantamiento del cuerpo.

Asfixia mecánica por sofocación inducida, causa de muerte del empresario

Continuando con el Protocolo de Homicidios, personal de la Fiscalía del Estado de México realizó lo siguiente:

• En el lugar de los hechos hizo el levantamiento del cuerpo, embalado y etiquetado, recabaron entrevistas preliminares a testigos, así como diversas pericias asociadas, intervención de peritos en criminalística y fotografía, fijación de indicios, aseguramiento del lugar, ejecución de cateo, planimetría, búsqueda, fijación, recolección y suministro de nuevos indicios al laboratorio, quimioluminiscencia (Bluestar Forensic), entre otros.

• En sede ministerial fue elaborada el acta médica, protocolo de necropsia y pericias asociadas, tales como toma de muestras de tejidos, química, toxicología, antidoping, alcoholemia, genética, cronotanatodiagnóstico, así mismo entrevistas de testigos de identidad, mecánica de hechos, certificado de defunción y entrega del cuerpo.

• Análisis técnicos diversos, entre otros, detallados telefónicos y mapeos técnicos de movilidad, los cuales establecen que el equipo telefónico propiedad de la víctima fue apagado a las 00:05:09 horas del domingo 6 de agosto en la alcaldía Miguel Hidalgo en la CDMX y fue encendido a las 06:41:25 horas del mismo día en el área de Santa Martha Acatitla en la misma entidad, fecha y lugar en la que registra su última actividad, la cual se identifica a las 11:37:22 horas. Agentes de la Policía de Investigación continúan con el análisis de los detallados, tanto de la línea como del dispositivo móvil, para establecer su ubicación actual.

El resultado del Protocolo de Necropsia, concatenado con el resto de los registros de investigación, concluye que la causa de la muerte fue asfixia mecánica por sofocación inducida en su modalidad de oclusión de vías respiratorias por contenido gástrico con presencia de alcohol y de sustancias químicas de naturaleza controlada, que limitaron su conciencia, funciones motoras y que en grado de probabilidad habría propiciado su deceso.

Tras cateo en Black Royce hallan en cocaína y recipientes para aplicación de gotas

Lo anterior motivó que la autoridad investigadora obtuviera de un Juez de Control en Línea del Poder Judicial del Estado de México, la autorización para realizar un cateo en dicho bar, gracias a lo cual se obtuvieron nuevos indicios, tales como: pastillas y sobres con contenido de diversa índole que dieron resultado presuntivo a clorhidrato de cocaína (Nark Id Cocaine); recipientes para aplicación de gotas, cuyo contenido está siendo objeto de análisis químico; así como equipo de grabación y diversos documentos relacionados con la operación del lugar y del evento investigado.

Como consecuencia de ello, el lugar fue asegurado, toda vez que dichos indicios hacen presumir que en ese inmueble se cometen actividades ilícitas diversas y también a efecto de preservar el lugar de los hechos para continuar con la investigación.

Es importante precisar, que una vez que el Agente del Ministerio Público valoró los indicios recabados, el resultado pericial y el sentido de las entrevistas rendidas en sede ministerial, concluyó que en el sitio denominado “Black Royce” se cometió un hecho con apariencia de delito, con la probable intervención de seis individuos en el ilícito de homicidio en agravio de quien en vida respondiera a las iniciales de I.A.S., por lo cual, en uso de sus atribuciones, la autoridad ministerial solicitó al Juez de Control en Línea el libramiento de las respectivas órdenes de aprehensión en contra de Aritzi Abril “N”, Ana Karen “N”, Cecilia “N”, Ana Karen “N N”, Eduardo “N” y Carlos Daniel “N”.

Asimismo, esta tarde, la Fiscalía General de Justicia del Estado México dio cumplimiento a dichas órdenes de aprehensión, por lo que los investigados serán puestos a disposición del Juez de Control, al interior del Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Tlalnepantla, para que resuelva su situación jurídica en términos de ley; precisando que, a los detenidos se les debe considerar inocentes hasta que exista una sentencia condenatoria en su contra.

De igual manera, se reitera, que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, agota todas las hipótesis investigativas que exige el caso, incluyendo la atención a diversas denuncias recabadas en fuentes abiertas (redes sociales), que señalan la posible comisión de ilícitos diversos en el establecimiento señalado.

Finalmente, respecto de la información contenida en el presente comunicado y de conformidad con el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la Fiscalía del Estado de México hace patente que todos los registros de investigación son estrictamente reservados y únicamente pueden tener acceso a ellos las partes, por lo que únicamente se establecen los avances de la investigación, no así el contenido de los mismos.

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